1. AUSPICIADOR DE PROMOCIÓN: SARTON PUERTO RICO LLC (“IKEA”) (en lo sucesivo denominados “Los Organizadores”) realizará la promoción que se denominará “Rayadito de Aniversario IKEA Family 2026” (en lo sucesivo denominado “la Promoción”), la cual se regirá por las bases establecidas en el presente documento (en lo sucesivo denominadas “Las Bases de la Promoción”). De conformidad con el Reglamento de Prácticas Comerciales No. 9158, la Promoción constituye una promoción comercial y no un sorteo, rifa ni lotería de azar.
2. LOS ORGANIZADORES/INFORMACION DE CONTACTO: SARTON PUERTO RICO LLC. (IKEA) Dirección: Santa Rosa Mall, 1455 Avenida Aguas Buenas, 402 Bayamón, Puerto Rico- 00959 WEB: www.IKEA.pr
3. DURACIÓN Y ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROMOCIÓN: Esta Promoción estará vigente en las tiendas IKEA de Bayamón, Ponce y Carolina en la Isla de Puerto Rico desde el 14 hasta el 27 de septiembre de 2026, sujeto a disponibilidad de premios (en lo sucesivo denominado “Período de la Promoción”).
4. DINÁMICA DE LA PROMOCIÓN Y PARTICIPANTES: Promoción exclusiva para miembros de IKEA Family. Para participar, el cliente deberá realizar una compra en línea de caja de US$100 o más en IKEA Bayamón; y para las tiendas de IKEA Ponce y Carolina, deberá realizar compras de US$80 o más, según los términos establecidos para la promoción. Cada rayadito indicará el premio obtenido o, cuando corresponda, la indicación de "Suerte para la próxima". El premio deberá ser reclamado conforme a las instrucciones indicadas por IKEA.
Solo se hará entrega de 1 rayadito, por persona, por factura, por día; la factura debe corresponder a compra realizada ese día, no aplican facturas de días anteriores.
La promoción solo aplica para compras realizadas en línea de caja. No aplica para compras realizadas en el Showroom, página web, Telepedidos, Restaurante, Cafetería, Bistro, o Tienda Sueca de las tiendas IKEA.
Los colaboradores de Sarton Puerto Rico LLC (IKEA), así como sus familiares y allegados cercanos, no podrán participar en la promoción. Esto incluye a personas que puedan tener una relación directa con un colaborador y que, a criterio de Sarton Puerto Rico LLC, puedan representar un conflicto de interés.
5. CONDICIONES PARTICULARES: LOS ORGANIZADORES podrán cancelar la promoción, modificar las fechas, los términos y condiciones de las presentes bases de promoción, así como los premios presentados, en cualquier momento por causa justificada. En caso de cancelación o cambios en la promoción, se notificará en nuestra página web www.ikea.pr
6. VIGENCIA: La promoción estará disponible durante el período establecido para la celebración del aniversario de Puerto Rico con IKEA Family 2026, sujeto a disponibilidad de premios. Del 14 al 27 de septiembre 2026.
7. PREMIO: Los premios podrán incluir: muebles, artículos de decoración, Gift Cards de US$50 y US$80, combos de comida.
a) Premios de mercancía: Las mercancías entregadas como premio, incluyendo muebles y artículos de decoración, no podrán ser devueltas, cambiadas por otro artículo ni sustituidas por dinero en efectivo. Los premios estarán sujetos a disponibilidad.
b) Combos de comida: Los combos de comida obtenidos como premio estarán disponibles para ser canjeados hasta la fecha de finalización de la promoción según el Período de la Promoción. No serán canjeables por dinero en efectivo ni por otros productos.
c) Gift Cards: Los Gift Cards de US$50 y US$80 obtenidas como premio estarán disponibles para su uso hasta el 31 de octubre de 2026. Aplican los términos y condiciones correspondientes a las Gift Cards de IKEA. Los Gift Cards son única y exclusivamente para consumo en artículos de IKEA, no incluye servicios, ni IKEA Food (Restaurante, Cafetería, Bistro, ni Tienda Sueca).
Los premios obtenidos en la promoción no podrán ser transferidos, vendidos ni canjeados por dinero en efectivo.
Los premios están sujetos a disponibilidad y serán entregados mientras duren las existencias destinadas a la promoción.
Los Organizadores no se responsabilizan en caso de extravío, deterioro o sustracción del rayadito, y el cliente exime a los Organizadores de cualquier responsabilidad como resultado de la aceptación o uso del rayadito o participación en la Promoción. Sin perjuicio de los derechos que le asisten al consumidor conforme a la legislación vigente.
La entrega de un rayadito no genera nuevos rayaditos ni derecho a premios adicionales.
8) DATOS PERSONALES: Los datos de carácter personal que los clientes faciliten para participar en la presente Promoción quedarán incorporados al fichero de datos denominado “PROMOCIONES", propiedad de SARTON PUERTO RICO LLC (IKEA). Dirección: Santa Rosa Mall, 1455 Avenida Aguas Buenas, 402 Bayamón, Puerto Rico- 00959
9) ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en la Promoción, supone la aceptación de las presentes bases del mismo y además el consentimiento en virtud de la Ley de Notificación de Política de Privacidad, LEY NUM. 39 DE 24 DE ENERO DE 2012, por parte de los participantes de que los datos registrados, puedan ser utilizados por SARTON PUERTO RICO LLC / IKEA-PR para comunicar otras campañas o promociones, sin necesidad de consentir expresamente por escrito a la utilización de su información personal a esos efectos. En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las presentes bases, se remitirán al derecho aplicable en Puerto Rico. Las bases estarán disponibles durante el período en el que esté vigente la Promoción en la web www.ikea.pr. Si el ganador participante no está interesado en participar en estas publicaciones podrá enviar un correo electrónico a lopd@ikeasi.com desestimando su consentimiento. Puedes ver más sobre nuestra política de protección de datos y política de privacidad en https://www.ikea.pr/es/legal/proteccion-de-datos.
10) LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta promoción se rige por la legislación vigente en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en especial el Reglamento de Prácticas Comerciales No. 9158 de fecha 6 de febrero de 2020 y las presentes bases. La presente iniciativa constituye una promoción comercial y no un sorteo, rifa ni lotería de azar, por lo que no le resulta aplicable la reglamentación específica sobre juegos de azar. En caso de existir dudas o discrepancias en su interpretación, se remitirán al derecho aplicable en Puerto Rico.
11) GENERAL: LOS ORGANIZADORES podrán descalificar y/o excluir de la promoción a aquellos clientes que directa o indirectamente hayan alterado, incumplido o violado, las normas establecidas en estas Bases de la promoción.